Mientras la II Guerra Mundial continuaba librándose en Asia, la adopción de la Carta de las Naciones Unidas, en junio de 1945, en San Francisco, marcaba un giro radical en la historia de las relaciones internacionales. Se prohibía a priori todo “recurso a la fuerza”, ya fuera la guerra o cualquier otra forma de intervención militar. Un órgano centralizado, el Consejo de Seguridad, se encargaba de resolver las diferencias y, a tal fin, podía adoptar medidas coercitivas, económicas pero también militares.
Tras los infructuosos intentos de la Sociedad de Naciones (SDN), se pasaba así de un sistema de guerra justa, donde la acción militar dependía del poder casi discrecional de los Estados soberanos (represalias, reparación de injurias, cobro de deudas), a un sistema fundado en la legalidad racional. En adelante, sólo se autorizaba la acción armada en dos casos basados en criterios objetivos: una agresión que justificara la legítima defensa o (...)